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Justicia Militar

Antecedentes y Bases Legales

La administración de Justicia Militar existe desde la época Colonial en México y tiene como orígenes la “Re Militari” contenida en las Constituciones del Emperador Romano Anastacio y en la Ley 9 del Digesto. Las primeras Leyes Militares en España contuvieron el Fuero Español “privilegiado para juzgar a los miembros del Ejército” y desde entonces se sucedieron Ordenanzas o Cédulas referentes a esta materia, que fueron vigentes en México con algunas alteraciones, hasta las reformas en 1882 en que se expidió el primer Código de Justicia Militar, siendo entonces Presidente de la República el General Don Manuel González.

Legislación Militar

En el año de 1898, en la época del General Felipe B. Berriozábal, fueron expedidas la Ley de Organización y Competencia de los Tribunales Militares, la Ley de Procedimientos Penales en el Fuero de Guerra y la Ley Penal Militar, las cuales fueron abrogadas en 1901 siendo Secretario de Guerra y Marina el General Bernardo Reyes, para ser sustituidas por otras de igual denominación, las cuales tenían como peculiaridad que preveían que la Jurisdicción del Fuero de Guerra podía extenderse incluso a civiles, cuando estos cometieran delitos que tuvieran relación con la disciplina militar.

El movimiento revolucionario de principios del siglo XX, provocó en el medio militar un cambio notable en todos sus órdenes, así se limitó la jurisdicción militar y el Congreso Constituyente de 1917 estableció en el artículo 13 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que si bien subsistía el fuero de guerra contra los delitos y faltas contra la disciplina militar, por ningún motivo podría extender su jurisdicción sobre personas que no pertenecieran al Ejército.

Asimismo, nuestra Constitución en su artículo 21 dio una importancia hasta entonces desconocida a la función del Ministerio Público, declarando que es a éste a quien incumbe la persecución de los delitos y, que no podría incoarse ningún procedimiento sin que lo solicitase el Representante Social; cabe señalar que antes de su vigencia, los diversos Jefes Militares estaban facultados para ordenar la formación de un proceso o de una averiguación previa, ejerciendo así la función persecutoria de los delitos, siendo incluso considerados como parte en los Tribunales del Fuero de Guerra.

Lo anterior aunado a la creación del Servicio de Justicia Militar, trajo como consecuencia el desvinculamiento de los Jefes Militares de la Justicia Castrense, “pasando su administración a letrados que no son militares de Guerra” , bajo el argumento de que “no sufre menoscabo alguno en sus fundamentos la conservación de la disciplina, porque el Código Militar lo apliquen letrados con larga experiencia en el ramo, sino al contrario, la intervención de estos hace que la Administración de Justicia se realice con mayor exactitud”.

A partir de entonces, el cargo de Procurador General de Justicia Militar siempre ha recaído en abogados de gran capacidad y prestigio, profundamente conocedores del Derecho Militar. Así, Don Venustiano Carranza, luego de restablecido el orden Constitucional, colocó al frente de dicha Procuraduría al licenciado José Basso Méndez.

En 1921, durante el gobierno del General Alvaro Obregón, fue nombrado para desempeñar el cargo de Procurador General de Justicia Militar el C. General de División y Licenciado Carlos T. y Lerdo de Tejada, posteriormente le siguieron los CC. Generales de Brigada y Licenciados Lorenzo Roel (1922-1924), Alberto Salmón (1925), Carlos Francos N. (1928-1931), José Angel Ceniceros (1931-1932), Octavio Vejar Vázquez (1932-1933), Antonio Villalobos Millord (1933-1934), Agustín Mercado Alarcón (1934-1939 y 1941-1944), Guillermo Schulstz Alvarez (1939-1940), Roberto T. Bonilla (1940-1941 y 1944-1947), Raúl Fernández Robert (1947-1952), Joaquín Zapata Vela (1952-1966), Jorge Rico Schroeder (1966-1988), General de Brigada de Justicia Militar y Licenciado Sergio Ramirez Michel (1988-1991), General Brigadier de Justicia Militar y Licenciado Mario G. Fromow García (1991-1994) y Generales de Brigada de Justicia Militar y Licenciados Carlos Calnacasco Santamaría (1995-1996), Marcial Rafael Macedo de la Concha (1996-2000) y Jaime Antonio López Portillo Robles Gil (del 2000 a la fecha).

Fuente: Sedena

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