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19941993
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Justicia
Militar
Antecedentes
y Bases Legales

La administración
de Justicia Militar existe desde la época Colonial en México y tiene como
orígenes la “Re Militari”
contenida en las Constituciones del Emperador
Romano Anastacio y en la Ley 9 del Digesto. Las primeras Leyes Militares en
España contuvieron el Fuero Español “privilegiado para juzgar a los miembros
del Ejército” y desde entonces se sucedieron
Ordenanzas o Cédulas referentes a
esta materia, que fueron vigentes en
México con algunas alteraciones, hasta las
reformas en 1882 en que se expidió el primer Código de Justicia Militar,
siendo entonces Presidente de la República el
General Don Manuel González.
Legislación Militar
En el año de 1898,
en la época del General Felipe B. Berriozábal, fueron expedidas la Ley de
Organización y Competencia de los Tribunales Militares, la Ley de
Procedimientos Penales en el Fuero de Guerra y la Ley Penal Militar, las
cuales fueron abrogadas en 1901 siendo Secretario de Guerra y Marina el
General Bernardo Reyes, para ser sustituidas por otras de igual
denominación, las cuales tenían como peculiaridad que preveían que la
Jurisdicción del Fuero de Guerra podía extenderse incluso a civiles, cuando
estos cometieran delitos que tuvieran relación con la disciplina militar.
El movimiento
revolucionario de principios del siglo XX, provocó en el medio militar un
cambio notable en todos sus órdenes, así se limitó la jurisdicción militar y
el Congreso Constituyente de 1917 estableció en el artículo 13 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que si bien subsistía
el fuero de guerra contra los delitos y faltas contra la disciplina militar,
por ningún motivo podría extender su jurisdicción sobre personas que no
pertenecieran al Ejército.
Asimismo, nuestra
Constitución en su artículo 21 dio una importancia hasta entonces
desconocida a la función del Ministerio Público, declarando que es a éste a
quien incumbe la persecución de los delitos y, que no podría incoarse ningún
procedimiento sin que lo solicitase el Representante Social; cabe señalar
que antes de su vigencia, los diversos Jefes Militares estaban facultados
para ordenar la formación de un proceso o de una averiguación previa,
ejerciendo así la función persecutoria de los delitos, siendo incluso
considerados como parte en los Tribunales del Fuero de Guerra.
Lo anterior aunado
a la creación del Servicio de Justicia Militar, trajo como consecuencia el
desvinculamiento de los Jefes Militares de la Justicia Castrense, “pasando
su administración a letrados que no son militares de Guerra” , bajo el
argumento de que “no sufre menoscabo alguno en sus fundamentos la
conservación de la disciplina, porque el Código Militar lo apliquen letrados
con larga experiencia en el ramo, sino al contrario, la intervención de
estos hace que la Administración de Justicia se realice con mayor
exactitud”.
A
partir de entonces, el cargo de Procurador General de Justicia Militar
siempre ha recaído en abogados de gran capacidad y prestigio, profundamente
conocedores del Derecho Militar. Así, Don Venustiano Carranza, luego de restablecido el
orden Constitucional, colocó al frente de dicha Procuraduría al licenciado
José Basso Méndez.
En 1921, durante
el gobierno del General Alvaro Obregón, fue nombrado para desempeñar el
cargo de Procurador General de Justicia Militar el C. General de División y
Licenciado Carlos T. y Lerdo de Tejada, posteriormente le siguieron los CC.
Generales de Brigada y Licenciados Lorenzo Roel (1922-1924), Alberto Salmón
(1925), Carlos Francos N. (1928-1931), José Angel Ceniceros (1931-1932),
Octavio Vejar Vázquez (1932-1933), Antonio Villalobos Millord (1933-1934),
Agustín Mercado Alarcón (1934-1939 y 1941-1944), Guillermo Schulstz Alvarez
(1939-1940), Roberto T. Bonilla (1940-1941 y 1944-1947), Raúl Fernández
Robert (1947-1952), Joaquín Zapata Vela (1952-1966), Jorge Rico Schroeder
(1966-1988), General de Brigada de Justicia Militar y Licenciado Sergio
Ramirez Michel (1988-1991), General Brigadier de Justicia Militar y
Licenciado Mario G. Fromow García (1991-1994) y Generales de Brigada de
Justicia Militar y Licenciados Carlos Calnacasco Santamaría (1995-1996),
Marcial Rafael Macedo de la Concha (1996-2000) y Jaime Antonio López
Portillo Robles Gil (del 2000 a la fecha).
Fuente: Sedena
Legislación Militar
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