Arraigo
Inconstitucional
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La Suprema Corte anunció la
"INCONSTITUCIONALIDAD DEL ARRAIGO"
Septiembre 2005.Lic. Luis Gómez Berlie.
El pleno de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación comenzó la revisión de la reforma que modificó el artículo 122 bis del Código de
Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua, la cual autorizó arraigar a una
persona hasta por 30 días cuando se presume que es responsable de un delito
grave y el ministerio público no tiene los elementos suficientes para
consignarla ante un juez.
Mediante un Juicio de Acción de
Inconstitucionalidad los Ministros decidirán si ésta medida
viola o no la Constitución.
Aunque la sentencia de la Corte sólo se aplicará en
Chihuahua, el criterio que establezca servirá para ratificar o anular, posteriormente,
las leyes estatales o federales que autoricen arraigar a una persona antes de
consignarla a un juez. En el primer día de discusión 5 de los 11 ministros de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación, se pronunciaron por declarar inconstitucional el arraigo. Se requieren 8
votos para que la Corte pueda declarar su inconstitucionalidad.